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segundo nacimiento... porque es entonces cuando aparecen los caracteres más evolucionados y esencialmente humanos (...) El niñ@ es neo-atávico y en él las últimas adquisiciones de la raza resultan poco a poco preponderantes. El desarrollo es menos gradual y más discontinuo, lo cual evoca un periodo anterior de tormenta y estímulo cuando los viejos puntos de anclaje fueron rotos y un nivel superior fue asimilado" (Hall, 1904)
En 1899 se impuso, en la legislación británica, la prohibición de encarcelar a los menores de 16 años al lado de los adultos; en 1908 se instauraron los tribunales de menores: eran medidas que ponían de manifiesto el reconocimiento social de una nueva categoría de edad, situada entre la infancia y la mayoría de edad. Primero en los Estados Unidos y Gran Bretaña, y después en el resto de países occidentales, los jóvenes comenzaron a retrasar su incorporación al mundo laboral y a pasar cada vez más tiempo en instituciones educativas. Escuelas e internados, prisiones y tribunales de menores, servicios de ocupación y bienestar, todo eso formaba parte del reconocimiento social de un único status a quienes ya no eran niños pero que aún no eran plenamente adultos. Reconocimiento no falto de ambigüedad: si por un lado se saludaba el carácter natural del nuevo status - como preparación a la vida de adulto-, por el otro se subrayaba su carácter conflictivo. En el fondo la ambivalencia ponía de manifiesto las reacciones contrapuestas que la implantación de la adolescencia supuso según la clase social. Mientras para los jóvenes burgueses significaba un período de moratoria social dedicado al aprendizaje formal y al ocio, para los jóvenes obreros era una de las consecuencias de la segunda industrialización, que los expulsaba del mundo del trabajo y los condenaba al paro forzoso y a la calle.