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¿a qué llamamos derechos colectivos?​

Respuesta :

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La Constitución Política de Colombia consagra el derecho de asociación o el derecho de afiliarse a una organización sindical; el derecho a la negociación colectiva y el derecho a la huelga. Sin embargo no es obligatorio que un trabajador pertenezca a un sindicato.

Explicación: