«Artículo 14. Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra circunstancia personal o social [...]. C Artículo 27. 1. Todos tienen derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza. 2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y liber- tades fundamentales. 4. La enseñanza básica es obligatoria y gratuita [...]. Artículo 47. Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias у establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regu- lando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación».