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CONCEPTO Y CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO A LA HUELGA
El derecho a la huelga se encuentra consagrado en el artículo 56 de la Constitución Política, de acuerdo con el cual “se garantiza el derecho de huelga, salvo en los servicios públicos esenciales definidos por el legislador”.
Artículo 68. - En cada dependencia los trabajadores tendrán derecho de constituir los sindicatos que estimen convenientes, con la sola condición de observar en sus estatutos las disposiciones legales aplicables a los sindicatos.