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La Constitución se divide en dos partes: la dogmática y la orgánica. ...
La parte orgánica de la Constitución es la que dicta la forma en que se debe organizar el país y los derechos y obligaciones de cada uno de los funcionarios que conforman a las instituciones de la República
y en la dogmática quedaron consignadas las garantías individuales y se reconocen derechos y libertades sociales.